Se determinó que cada profesor(a) puede usar métodos alternativos no presenciales hasta un 25%de las cuarenta y cinco (45) horas contacto reglamentarias, utilizando como base legal la Certificación número 112 (2014-2015) de la Junta de Gobierno. Aquellos(as) docentes que vayan a modificar las horas presenciales y/o estrategias de evaluación que estaban en el temario original que les entregaron a sus estudiantes en los primeros días de clase, deben informarlo a su director(a).