Se determinó que cada profesor(a)
puede usar métodos alternativos no
presenciales hasta un 25% de las cuarenta y cinco (45) horas contacto
reglamentarias, utilizando como base legal la Certificación número 112
(2014-2015) de la Junta de Gobierno. Aquellos(as) docentes que vayan a
modificar las horas presenciales y/o estrategias de evaluación que estaban en
el temario original que les entregaron a sus estudiantes en los primeros días
de clase, deben informarlo a su director(a).